Castilla-La Mancha
El Decreto tiene por objeto regular el procedimiento de concesión directa de subvenciones para la para la contratación inicial indefinida y para la transformación en contratos por tiempo indefinido de contratos temporales de personas trabajadoras con discapacidad. La convocatoria se articula en las siguientes líneas de subvención:
El decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones destinadas a:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las empresas, las personas autónomas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, y las entidades sin ánimo de lucro.
La cuantía de las ayudas de la Línea I y III serán de 8.000 euros si la persona contratada es hombre y 8.500 euros si es mujer, por cada contrato celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa.
La cuantía de la subvención establecida en el apartado anterior se incrementará en 1.000 euros si concurre alguna de las circunstancias siguientes:
La cuantía de las ayudas de la Línea II será como máximo, de 1.000 euros por persona trabajadora con discapacidad contratada.
En el caso de la línea IV, la cuantía de dichas subvenciones se establece, por un lado, tomando como referencia una retribución anual de 33.250 euros, incluidas las dos pagas extraordinarias y la cuota empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos del preparador laboral y, por otro lado, en función del número de personas trabajadoras con el tipo y grado de discapacidad destinatarios de las acciones de empleo con apoyo, correspondiendo respecto de la citada retribución anual de referencia:
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