Fecha límite: 31 octubre 2024
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Programa/Organismo de financiación

Cataluña

Presupuesto total
€ 5 000 000
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Convocatoria caducada
Nivel de dificultad de la convocatoria
Intermedio

Finalidad

La Comunidad Autónoma de Cataluña ha publicado una convocatoria anticipada para el año 2024 para la presentación de solicitudes para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas con compromiso de contratación del Programa Forma e Inserta. La convocatoria tiene el objetivo de conceder ayudas económicas para la realización de programas de formación profesional para el empleo dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas, que promueve el Servicio Público de Empleo de Cataluña.

Interventi ammissibili

Las actuaciones subvencionables son:

  • Certificados de profesionalidad
  • Especialidades no conducentes a certificados de profesionalidad
  • Formación a medida
  • Prácticas no laborales

Se podrán generar itinerarios formativos que combinen certificados de profesionalidad, enteros o parciales, con especialidades no conducentes a la obtención de un certificado de profesionalidad con el fin de crear programas formativos adecuados al perfil de los puestos de trabajo demandados por las empresas.

Números mínimos y máximos de alumnos, que se pueden solicitar y otorgar para cada acción formativa:

  • cuando la entidad demandante sea una empresa con menos de 50 trabajadores: se subvencionará un mínimo de 4 alumnos y un máximo de 15 por acción formativa. 
  • Si la empresa demandante tiene 50 personas trabajadoras o más: se subvencionará un mínimo de 6 alumnos y un máximo de 15 por acción formativa.

En cualquier caso, cuando la formación se imparta por parte de la propia empresa demandante, el número de alumnos por acción formativa puede estar comprendido entre 1 y 15 participantes.

A fin de que se considere iniciado el conjunto de actuaciones que corresponden a la subvención otorgada, cada entidad beneficiaria debe iniciar al menos una de las acciones formativas antes del 30 de diciembre de 2024. Y las acciones formativas se deben finalizar como máximo el 30 de noviembre de 2025.

Quién puede participar

Las entidades beneficiarias de las subvenciones son:

  • Las entidades de formación, que actuarán como tramitadoras/gestoras de las necesidades formativas de empresas, que se comprometan a la inserción del alumnado otorgado. Estas entidades de formación deben estar de alta en el Registro de entidades de formación del Servicio Público de Empleo de Cataluña para las especialidades solicitadas, de acuerdo con lo que prevé el artículo 4 de esta Resolución. La inserción laboral mínima será del 60% del alumnado otorgado.
  • Las empresas, gremios o asociaciones con centro de trabajo en Catalunya, independientemente de su forma jurídica. La inserción laboral mínima es del 40% del alumnado otorgado, en su empresa o empresas agremiadas/asociadas. La formación la pueden impartir:
  • Con medios propios cuando estén dadas de alta en el Registro de entidades de formación del Servicio Público de Empleo de Cataluña para las especialidades solicitadas.
  • Mediante la subcontratación de una entidad de formación que esté dada de alta en el Registro de entidades de formación del Servicio Público de Empleo de Cataluña para la especialidad o especialidades solicitadas.

Para recibir subvenciones, los beneficiarios deben cumplir los requisitos detallados en el articulo 4 de la convocatoria.

Cuantía de la contribución

El presupuesto total asciende a 5.000.000 Euros.

La cuantía de la subvención se determina con la aplicación de un módulo económico de acción formativa por el número de alumnos otorgados. Este módulo se convertirá en un módulo de resultado vinculado al compromiso de contratación asumido por la entidad. Véase la Tabla página 6 de la convocatoria.

Enlaces y Documentos

Página web de formularios y documentos

Convocatoria

Orden TSF/170/2018, de 8 de octubre

Se recomienda consultar regularmente el sitio web oficial de la convocatoria para actualizaciones e información adicional.

Consejos de los expertos

Es muy importante leer detenidamente los criterios de evaluación adoptados por el organismo para valorar las propuestas de proyecto. La lectura preliminar de los criterios te permitirá entender si tu proyecto posee las características necesarias para obtener el financiamiento. Se recomienda prestar especial atención a los párrafos que se refieren a los criterios de evaluación con mayor puntuación, ya que son los que se utilizarán para valorar el proyecto (Cfr. Anexo 1 de la Orden TSF/170/2018, de 8 de octubre)

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