Fecha límite: 7 octubre 2024
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Programa/Organismo de financiación

ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa - Cataluña

Financiación máxima
€90 000
Cofinanciación
75%
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Convocatoria caducada
Nivel de dificultad de la convocatoria
Intermedio

Finalidad

El objeto de la convocatoria es regular la concesión de subvenciones para el impulso de proyectos de innovación que fomenten la transformación tecnológica verde de las empresas catalanas. Esta transformación tecnológica debe ir orientada a la mitigación y/o a la adaptación al cambio climático.

Interventi ammissibili

Se consideran subvencionables los proyectos de innovación tecnológica de carácter aplicado, cercanos al mercado y con riesgo tecnológico medio/bajo que fomenten una transformación tecnológica orientada a la mitigación y/o a la adaptación al cambio climático y a fomentar la mejora de su competitividad incorporando tecnologías avanzadas actualmente disponibles en el mercado. Estos proyectos pueden integrar tecnologías digitales. El objetivo es que estos proyectos generen productos, procesos o servicios que estén alineados con la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y la adaptación a los impactos del cambio climático, es decir, la reducción de la vulnerabilidad de los sistemas naturales y de los ámbitos socioeconómicos (como la eficiencia en el uso del agua, el suelo, la energía, la mejora en la biodiversidad o la contribución a la resiliencia del territorio).

El plazo de ejecución del proyecto será como máximo de 2 años, desde la fecha de presentación de la solicitud, sin posibilidad de pedir ampliación de este plazo.

Quién puede participar

Pueden ser beneficiarias de las ayudas las pequeñas y medianas empresas industriales o de servicios que tengan establecimiento operativo en Cataluña y, al menos, dos años de existencia a la fecha de la solicitud de la ayuda contados a partir de la fecha de constitución de la empresa. Se considerará fecha de constitución, la fecha de inscripción de la empresa en el Registro Mercantil (u otro registro de análoga naturaleza).

Se consideran empresas industriales y de servicios aquellas entidades que tengan una actividad económica incluida en algunos de los IAEs (impuesto de actividades económicas) siguientes de la sección primera:

  • Todos los incluidos dentro de la división 1 (Energía y agua)
  • Todos los incluidos dentro de la división 2 (Extracción y transformación de minerales no energéticos y productos derivados)
  • Todos los incluidos dentro de la división 3 (Industrias transformadoras de los metales, mecánica de precisión)
  • Todos los incluidos dentro de la división 4 (Otras industrias manufactureras)
  • Todos los incluidos dentro de la división 5 (Construcción)
  • Agrupaciones 623 y 69 de la división 6 (Comercio, Restaurantes y alojamiento, reparaciones)
  • Todos los incluidos dentro de la división 7 (Transporte y comunicaciones) excepto las agrupaciones 755 y 757
  • Agrupaciones 845 y 843,1 de la división 8 (Instituciones financieras, seguros, servicios prestados y alquileres)
  • Agrupación 936 de la división 9 (Otros servicios)

Además, para beneficiar de las ayudas las solicitantes deben cumplir los requisitos enumerados en las paginas 4 y 5 de la convocatoria.

Cuantía de la contribución

La intensidad de la ayuda será de un máximo del 75% del gasto subvencionable aceptado del proyecto, excepto los gastos de realización por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación.

Para los gastos de realización por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación, la intensidad será del 100% del coste con una ayuda máxima de 1.500 Euros por proyecto.

La ayuda máxima será de 90.000 Euros por proyecto.

El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto tiene que ser de 40.000 Euros.

Enlaces y Documentos

Página web de formularios y documentos

Convocatoria

RESOLUCIÓN EMT/2620/2024, de 12 de julio

Se recomienda consultar regularmente el sitio web oficial de la convocatoria para actualizaciones e información adicional.

Consejos de los expertos

Los gastos subvencionables son todos aquellos costos que podemos imputar en el presupuesto del proyecto. Por lo tanto, se recomienda verificarlos con atención (Cónf. Base 4, pág. 5 y ss. de la convocatoria).

Es muy importante leer detenidamente los criterios de evaluación adoptados por el organismo para valorar las propuestas de proyecto. La lectura preliminar de los criterios te permitirá entender si tu proyecto posee las características necesarias para obtener el financiamiento. Se recomienda prestar especial atención a los párrafos que se refieren a los criterios de evaluación con mayor puntuación, ya que son los que se utilizarán para valorar el proyecto. (Cónf. Base 8, pág. 12 y ss. de la convocatoria).

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