Comunidad Autónoma de Extremadura
La ayuda de la Línea 2, tiene por objetivo fomentar la generación de conocimientos en los grupos de investigación inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura, mediante financiación de proyectos de I+D.
Constituyen las modalidades de esta línea de ayuda, las siguientes:
Para más información véase el Anexo I, página 36 y siguientes de la convocatoria.
Serán beneficiarios de la ayuda los agentes de generación del conocimiento, así como las fundaciones públicas que actúen como gestoras de las actividades de investigación de los centros adscritos a la Junta de Extremadura que realicen actividades de I+D+i, inscritos en el Catálogo de Agentes del SECTI y que tengan constituidos grupos de investigación inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura.
Para el desarrollo del proyecto, se constituirá un equipo investigador formado por un IP y dos o más doctores, que deberá pertenecer a alguno de los agentes SECTI contemplados en el resuelvo segundo de la convocatoria, y estar inscrito en un grupo de investigación de Catálogo de Grupos de Extremadura (véase el art. 3 de la convocatoria).
El presupuesto total asciende a 8.250.000 Euros.
La cuantía máxima de la ayuda es de 120.000 Euros para proyectos que incluyan la contratación del personal, exceptos para los proyectos Emergentes en los que al incluir el contrato del IP será de 150.000 Euros. Los proyectos que no incluyan contratación de personal tendrán una subvención máxima de 60.000 Euros.
Para más información véase el articulo 19 de la convocatoria.
Página web de formularios y documentos
Se recomienda consultar regularmente el sitio web oficial de la convocatoria para actualizaciones e información adicional.
Es muy importante leer detenidamente los criterios de evaluación adoptados por el organismo para valorar las propuestas de proyecto. La lectura preliminar de los criterios te permitirá entender si tu proyecto posee las características necesarias para obtener el financiamiento. Se recomienda prestar especial atención a los párrafos que se refieren a los criterios de evaluación con mayor puntuación, ya que son los que se utilizarán para valorar el proyecto (Cfr. art.6, pág. 8 y ss. de la convocatoria).
Los gastos subvencionables son todos aquellos costos que podemos imputar en el presupuesto del proyecto. Por lo tanto, se recomienda verificarlos con atención (Cfr. art. 7, pág. 12 y ss. de la convocatoria).
¿Necesita más información? Escribe a la siguiente dirección de correo electrónico: tuatencion@juntaex.es
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