Gobierno de Aragón - Subvención a industrias agroalimentarias para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (PEPAC 2023-2027) - Convocatoria 2025

Fecha límite: 4 noviembre 2024
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Programa/Organismo de financiación

Gobierno de Aragón

Presupuesto total
€ 13 333 362
Financiación máxima
€1 000 000
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Convocatoria caducada
Nivel de dificultad de la convocatoria
Intermedio

Finalidad

La convocatoria tiene por objeto convocar subvenciones a actuaciones que, en el ámbito de la transformación y de la comercialización de productos agrarios para el año 2025 en la Comunidad Autónoma de Aragón. La finalidad de la subvención consiste en aumentar la utilización de materias primas en los procesos productivos y, mejorar su transformación y comercialización, favoreciendo así el aumento del valor añadido de los productos agrícolas y alimentarios siendo el sector agroalimentario un sector estratégico que permite la sostenibilidad del medio rural y la ordenación del territorio, a través de la vertebración y fomento de la innovación, creando en consecuencia puestos de trabajo.

Interventi ammissibili

Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades:

  • Las inversiones materiales o inmateriales que realicen las industrias agroalimentarias en el territorio de la Comunidad Autónoma con la finalidad de transformar, comercializar o desarrollar los productos agrícolas incluidos en el Anexo I del TFUE, pudiendo el producto resultante no estar incluido en la enumeración del anexo, así como los productos alimentarios distintos de los productos agrícolas del anexo I del TFUE siempre y cuando la inversión la ejecute el beneficiario en el medio rural. Los proyectos podrán tener por objeto no sólo medios productivos sino también aquellos elementos relacionados con el Pacto Verde Europeo, la innovación, la sostenibilidad y la transformación digital de los procesos críticos de negocio y, en particular, los relacionados con el incremento de ventas.
  • La implantación de tecnologías y procedimientos para desarrollar productos nuevos o de mayor calidad y apertura de nuevos mercados, sistemas de calidad, procesamiento de biomasa agrícola para producción de energía o la incorporación de energías alternativas en la industria agroalimentaria: renovables (solar, térmica, eólica, fotovoltaica, biomasa y biogás) y cogeneración.

El plazo para el inicio de la ejecución comenzará el día de presentación de la solicitud de la subvención dentro del plazo establecido, siendo además necesario que se levante la correspondiente acta de no inicio de la inversión, y finalizará el día 15 de septiembre de cada anualidad, según resolución de aprobación.

 

Quién puede participar

Podrán ser beneficiarios las personas físicas, jurídicas o sus agrupaciones titulares de industrias agroalimentarias ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma, y responsables finales de la financiación de las inversiones y de los gastos subvencionables que transformen, comercialicen o desarrollen:

  • Productos agrarios enumerados en el anexo I del TFUE y el algodón, con excepción los productos de la pesca, aun cuando el producto resultante de aquellos no esté incluido en la enumeración del anexo.
  • Productos alimentarios distintos de los productos agrícolas del anexo I del TFUE siempre y cuando la inversión la ejecute el beneficiario en el medio rural.

Para más información sobre los beneficiarios véase el articulo 2 de la convocatoria.

 

Cuantía de la contribución

El presupuesto total asciende a 13.333.362 Euros. Esta cuantía se distribuirá en un máximo de tres anualidades.

La cuantía máxima de ayuda con cargo a esta convocatoria por proyecto totalmente operativo y delimitado no podrá superar 1.000.000 Euros valorando los expedientes de forma individualizada por cada proyecto.

Para más información sobre los límites máximos a aplicar en inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias) véase el Anexo II de la convocatoria.

 

Enlaces y Documentos

Página web de formularios y documentos

Convocatoria

Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica

Se recomienda consultar regularmente el sitio web oficial de la convocatoria para actualizaciones e información adicional.

Consejos de los expertos

Los gastos subvencionables son todos aquellos costos que podemos imputar en el presupuesto del proyecto. Por lo tanto, se recomienda verificarlos con atención (Cfr. art. 4, pág. 4 y ss. y Anexo I de la convocatoria).

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