Fecha límite: 29 octubre 2024
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Programa/Organismo de financiación

IDEA – Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía - Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico - NextGeneration EU

Presupuesto total
€ 1 200 000 000
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Convocatoria caducada
Nivel de dificultad de la convocatoria
Intermedio

Finalidad

En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea – NextGeneration EU, se realiza la primera convocatoria de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a la inversión de producción de hidrógeno renovable y electrolítico y sus combustibles derivados. El objetivo de la convocatoria es impulsar la creación de clústeres o valles de hidrógeno renovable para la integración sectorial que concentre espacialmente la producción, transformación y consumo a gran escala desplazando materias fósiles.

Interventi ammissibili

Las actuaciones subvencionables serán las necesarias para desarrollar proyectos de generación de hidrógeno renovable a gran escala, y en su caso, sus combustibles derivados, en un mismo ámbito territorial o “valle de hidrógeno”. La potencia mínima de electrólisis objeto de ayuda, por proyecto, deberá ser de al menos 100 MW. Un mismo proyecto podrá incluir más de una ubicación física o geográfica con potencia de electrólisis, siempre que se encuentren en el mismo «valle de hidrógeno» o ubicaciones cercanas. Se establece una separación máxima de 100 km entre dos instalaciones distintas para poder considerarse dentro de un mismo proyecto. Cada ubicación física de electrólisis deberá alcanzar una potencia mínima de 50 MW, y se conocerá como «instalación» en lo relativo a las obligaciones establecidas en la base.

El ámbito geográfico de las solicitudes que opten a las ayudas que se concederán al amparo de esta convocatoria es la totalidad del territorio nacional.

El plazo máximo para la realización de las actuaciones objeto de ayuda será de 36 meses desde la resolución del procedimiento, que se computará siempre a partir de la fecha de notificación de la resolución favorable de concesión de ayuda.

Quién puede participar

Podrán obtener la condición de beneficiarios:

  • Cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas, legal y válidamente constituidas, siempre que realicen la actividad que fundamenta su concesión en los términos establecidos por la orden de bases.
  • Los consorcios o agrupaciones empresariales, con o sin personalidad jurídica propia, de personas jurídicas, públicas o privadas incluidas en el apartado anterior. En caso de no contar con personalidad jurídica propia, deberá cumplirse con lo establecido por el artículo 67 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
  • El sector público institucional de cualquier Administración pública, así como las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones públicas y las Universidades Públicas y sus centros adscritos con personalidad jurídica propia

Para más información, véase los artículos 5 y 6, página 11 y siguientes de la convocatoria.

Cuantía de la contribución

El presupuesto total asciende a 1.200.000.000 Euros.

Las ayudas reguladas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, como subvención a fondo perdido.

Un mismo solicitante podrá presentar más de un proyecto subvencionable, aunque la ayuda a otorgar no podrá superar el límite de ayuda por proyecto y empresa del 33 % del presupuesto disponible en la convocatoria, pudiendo establecerse un límite más restrictivo en la convocatoria correspondiente.

Para más información, véase el artículo 9, página 22 y siguientes de la convocatoria.

Enlaces y Documentos

Página web de formularios y documentos

Convocatoria

Resolución de 30 de julio de 2024

Se recomienda consultar regularmente el sitio web oficial de la convocatoria para actualizaciones e información adicional.

Consejos de los expertos

¡Atención! El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 19 de septiembre de 2024 a las 11:00h, y finalizará el 29 de octubre de 2024 a las 11:00h.

Los gastos subvencionables son todos aquellos costos que podemos imputar en el presupuesto del proyecto. Por lo tanto, se recomienda verificarlos con atención.

Es muy importante leer detenidamente los criterios de evaluación adoptados por el organismo para valorar las propuestas de proyecto. La lectura preliminar de los criterios te permitirá entender si tu proyecto posee las características necesarias para obtener el financiamiento. Se recomienda prestar especial atención a los párrafos que se refieren a los criterios de evaluación con mayor puntuación, ya que son los que se utilizarán para valorar el proyecto (Cfr. art. 15, pág. 29 y ss. de la convocatoria).

Es fundamental preguntarse desde el principio si se dispone de los recursos necesarios para iniciar el proyecto. Asegúrate, por lo tanto, de haber comprendido los procedimientos para la concesión de la ayuda (Cfr. art. 22, pág.. 41 y ss. de la convocatoria).

¿Necesita más información? Para cualquier duda o aclaración relacionada con alguna incidencia informática relacionada con la solicitud presentada, deben dirigirse a: soporteinformatico.vallesH2@idae.es.

Para consultas de carácter general o dudas sobre la convocatoria, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: 

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