Fecha límite: 4 octubre 2024
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Programa/Organismo de financiación

Ministerio de Industria y Turismo - PRTR

Presupuesto total
€ 200 000 000
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Convocatoria caducada
Nivel de dificultad de la convocatoria
Difícil

Finalidad

La convocatoria se enmarca en la Inversión 2, “Programa de Impulso de la Competitividad y Sostenibilidad Industrial”, del Componente 12, “Política Industrial”, del PRTR, y contribuye a los objetivos asociados a la misma, de acuerdo con la normativa reguladora del MRR y del PRTR a nivel europeo y nacional.  La convocatoria tiene como objetivo incentivar la realización de planes de inversión dentro de la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado (sección B)  en el año 2024, desarrollados por sociedades mercantiles legalmente constituidas en España, a través del apoyo a proyectos que permitan la transformación de una cadena de valor estratégica, cuyo impacto en la economía española será muy significativo, especialmente en el sector de automoción y su orientación hacia el vehículo eléctrico y conectado, en la línea con el enfoque hacia una transformación digital y sostenible.

Interventi ammissibili

Los proyectos financiables por la convocatoria de ayudas deberán pertenecer exclusivamente a la cadena de valor industrial del vehículo eléctrico y conectado, e incluirse dentro de la sección B. 2. Serán susceptibles de ayuda las actuaciones que se enmarquen en alguna de las siguientes líneas de actuación y tipo de proyecto:

  • Subsección B.1. Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación: proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental, y proyectos de innovación en materia de organización y procesos.
  • Subsección B.2. Línea de Innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética: Inversiones con carácter innovador destinadas a la protección del medioambiente e inversiones con carácter innovador en medidas de ahorro energético o eficiencia energética.
  • Subsección B.3. Línea de ayudas regionales a la inversión:
  • Creación de un nuevo establecimiento
  • Modificación de líneas de producción
  • Subsección B.4. Línea de ayudas a la inversión en favor de las PYME: deberá incluir inversiones consistentes en activos materiales o inmateriales para la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o una transformación fundamental en el proceso general de producción de un establecimiento existente.

El ámbito geográfico de las actividades objeto de ayuda será la totalidad del territorio nacional.

Quién puede participar

Podrán acogerse a las ayudas establecidas en esta convocatoria las sociedades mercantiles con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial en alguno de los sectores recogidos para cada sección en el Anexo I (página 36-37 de la orden) y que no formen parte del sector público.

Cuantía de la contribución

La ayuda tiene una cuantía total máxima de 100.000.000 Euros en forma de subvención y de 100.000.000 Euros en forma de préstamos.

El presupuesto mínimo de conceptos financiables para cada proyecto de la sección B en función de los aspectos relacionados con la cadena de valor industrial del vehículo eléctrico y conectado (VEC) se refleja en la tabla página 18 de la convocatoria.

Se aplican los siguientes límites máximos a la cuantía de las ayudas concedidas:

  • Para los proyectos predominantemente de investigación industrial, 35.000.000 Euros por empresa y proyecto.
  • Para los proyectos predominantemente de desarrollo experimental, 25.000.000 Euros por empresa y proyecto
  • Para los proyectos de innovación en materia de organización y procesos, 12.500.000 Euros por empresa y proyecto.
  • Para los proyectos de protección del medio ambiente, 30.000.000 Euros por empresa y proyecto.
  • Para los proyectos de eficiencia energética, 30.000.000 Euros por empresa y proyecto.
  • Para los proyectos de inversión en favor de las PYME, 8.250.000 Euros por empresa y proyecto

Para cada proyecto y entidad beneficiaria, la financiación total a conceder, préstamo nominal más subvención, será como máximo del 80% sobre el presupuesto financiable, salvo para la línea de ayudas regionales a la inversión que será del 75%.

Según el tipo de proyecto y el tamaño de la entidad, se exigirá que parte de la financiación a conceder sea en forma de préstamo. El importe nominal de dicho préstamo mínimo a conceder se determinará aplicando los porcentajes sobre el presupuesto financiable, como muestra la tabla a página 19 de la convocatoria.

Enlaces y Documentos

Página web de formularios y documentos

Convocatoria

Orden ICT/736/2023, de 5 de julio 2023

Si consiglia di consultare regolarmente il sito web ufficiale del bando per gli aggiornamenti e le informazioni addizionali.

Consejos de los expertos

¡Atención! El plazo de presentación comenzará el día 16 de septiembre de 2024 a las 10:00 y finalizará el día 4 de octubre de 2024 a las 14:00.

Los gastos elegibles son todos aquellos costos que podemos imputar en el presupuesto del proyecto. Por lo tanto, se recomienda verificarlos con atención (Cónf. art. 6, pag. 10 y ss. de la convocatoria).

Es muy importante leer detenidamente los criterios de evaluación adoptados por el organismo para valorar las propuestas de proyecto. La lectura preliminar de los criterios te permitirá entender si tu proyecto posee las características necesarias para obtener el financiamiento. Se recomienda prestar especial atención a los párrafos que se refieren a los criterios de evaluación con mayor puntuación, ya que son los que se utilizarán para valorar el proyecto. (Cónf.  art. 19, pag. 32 y ss. de la convocatoria).

¿Necesita más información? Contacta con las siguientes direcciones:

Para cuestiones administrativas o de índole procedimental:

Para cuestiones informáticas:

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