Fecha límite: 11 diciembre 2024
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Programa/Organismo de financiación

País Vasco

Presupuesto total
€ 800 000
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Convocatoria caducada
Nivel de dificultad de la convocatoria
Intermedio

Finalidad

La convocatoria tiene por objeto regular el apoyo al intraemprendimiento, entendiendo por tal, la actividad emprendedora realizada dentro de las empresas vascas, con el fin de promover nuevos proyectos empresariales, en las fases de maduración de la idea y de puesta en marcha de la empresa en la CAE. Los proyectos de intraemprendimiento deben suponer una diversificación de la actividad actual de la empresa, ser innovadores y/o de base tecnológica, ser industriales y/o de servicios ligados al producto-proceso industrial y deben estar tutelados por un «Business Innovation Center» (BIC) de los existentes en la CAE.

Interventi ammissibili

El apoyo se materializará a través de los siguientes tipos de ayuda:

  • Linea 0: Ayuda a desarrollar un Plan de Generación de Nuevos Negocios que incluya los principios, organización-cultura, sistemática y colaboraciones necesarias para el impulso continuo y sistematizado a la generación de nuevas actividades económicas, obteniendo como resultado el análisis preliminar de una oportunidad detectada y prioritaria para la empresa, para su posible presentación a la Línea 1.
  • Linea 1: Ayuda de acompañamiento, a la empresa, en el proceso de maduración de la idea y elaboración del Plan de Empresa.
  • Linea 2: Ayuda destinada a las nuevas empresas generadas por los proyectos de intraemprendimiento de la Linea 1 para facilitar su acceso a la financiación de las inversiones necesarias para llevar a cabo el Plan de Empresa definido.

Quién puede participar

Entidades beneficiarias del Plan de Generación de Nuevos Negocios (Linea 0):

  • Podrán ser beneficiarias de la ayuda para desarrollar un Plan de Generación de Nuevos Negocios las personas jurídicas con domicilio social y/o al menos un centro de actividad ubicado en la CAE, que dispongan de una plantilla igual o superior a 20 personas en el momento de la solicitud, contabilizado como personas en equivalentes anuales a jornada completa y tener un volumen anual de negocio mínimo de 2.000.000 Euros, portadoras de una idea de proyecto empresarial innovador y/o de base tecnológica, industrial y/o de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, y que se pretenda iniciar en la CAE.

Entidades beneficiarias de la Ayuda de Acompañamiento (Linea 1):

  • Podrán ser beneficiarias de la ayuda de Acompañamiento las personas jurídicas con domicilio social y/o al menos un centro de actividad ubicado en la CAE, portadoras de una idea de proyecto empresarial innovador y/o de base tecnológica, industrial y/o de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, y que se pretenda iniciar en la CAE.

Entidades beneficiarias de la Ayuda destinada a facilitar el Acceso a la Financiación (Linea 2):

  • Podrán acceder a las ayudas destinadas a facilitar el acceso a la financiación, únicamente las personas jurídicas que se comprometan a materializar su Plan de Empresa en la CAE y que cumplan los requisitos indicados en el artículo 5 de la convocatoria.

Cuantía de la contribución

El presupuesto total asciende a 800.000 Euros.

Para elaboración del Plan de Generación de Nuevos Negocios (Linea 0) se considera subvencionable el 70% de los gastos elegibles, con un importe máximo de hasta 30.000 Euros.

Para el acompañamiento (Linea 1) se consideran hasta el 100% de los gastos elegibles, con un importe máximo de hasta 30.000 Euros.

Para el acceso a la financiación (Linea 2), se considerarán subvencionables:

  • El 20% del préstamo concedido para la financiación de las inversiones presentadas
  • los intereses devengados en el período comprendido entre la fecha de formalización del préstamo y la finalización del trimestre natural en curso, así como los intereses generados en cada trimestre a lo largo de los 8 trimestres naturales siguientes.

Enlaces y Documentos

Página web de formularios y documentos

Convocatoria

FAQ

Se recomienda consultar regularmente el sitio web oficial de la convocatoria para actualizaciones e información adicional.

Consejos de los expertos

Los gastos subvencionables son todos aquellos costos que podemos imputar en el presupuesto del proyecto. Por lo tanto, se recomienda verificarlos con atención (Cfr. art. 7-8-9, pág. 8 y ss. de la convocatoria).

¿Necesita más información? Llama al 900 929 393.

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