Estado - Ministerio de Industria y Turismo - PRTR
La convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas a proyectos industriales en el sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario (PERTE Agroalimentario).
Serán susceptibles de ayuda los proyectos encuadrados en alguna de las siguientes líneas de actuación:
Para más información véase el artículo 8 del Boletín.
Los proyectos deben estar destinados a aplicarse en la industria agroalimentaria y habrán de encuadrarse, al menos, en alguna de las siguientes prioridades temáticas (Cfr. art. 9 del Boletín):
Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta el 30 de junio de 2026.
Podrán acogerse a las ayudas establecidas en la orden las sociedades mercantiles privadas, sociedades cooperativas y sociedades agrarias de transformación (SAT) con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su forma jurídica y su tamaño, que desarrollen una actividad industrial.
El presupuesto total asciende a 100.000.000 Euros.
El presupuesto financiable mínimo para cada proyecto se establecerá en función del tamaño de las empresas.
Para la línea de Investigación, Desarrollo e Innovación, el presupuesto financiable mínimo por proyecto será:
Para la línea de Sostenibilidad y Eficiencia Energética y la línea de inversión PYME, el presupuesto financiable mínimo por proyecto será:
Se aplican los siguientes límites máximos a la cuantía de las ayudas concedidas:
En cualquier caso, la subvención obtenida por la empresa para el total de sus proyectos será como máximo de 4.000.000 euros.
Para más información véase el artículo 16 del Boletín.
Página web de formularios y documentos
Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas - Convocatoria 781371
Se recomienda consultar regularmente el sitio web oficial de la convocatoria para actualizaciones e información adicional.
Los gastos subvencionables son todos aquellos costos que podemos imputar en el presupuesto del proyecto. Por lo tanto, se recomienda verificarlos con atención (Cfr. art. 10, pág.. 19 y ss. del Boletín).
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